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Carlos Rivera asegura que Villa Stein redujo penas a Colina y luego explicó “cualquier cosa”

Publicado: 2012-07-25

El abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera, sostuvo que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside Javier Villa Stein, tomó la decisión de reducir las penas a los integrantes del grupo Colina, que cometieron los crímenes de Barrios Altos, Pedro Yauri y El Santa, y luego explicó “cualquier cosa” para justificar esta medida.

Rivera explicó que un juez penal tiene la atribución de rebajar la pena, aunque señaló que “la ley le exige que demuestre la existencia de circunstancias atenuantes debidamente comprobadas”.

“No hay ningún atenuante, no hay ningún arrepentimiento, no hay nada. Al contrario, están todos los agravantes: política de Estado, funcionario público, armas del Estado, una organización criminal, ensañamiento, alevosía. Creo que, por lo tanto, ellos tomaron la decisión política de que había que reducir las penas, y consecuentemente beneficiar ‘al caballazo’, literalmente. Es el ‘caballazo’ como fuente de jurisprudencia: ‘No me interesa qué opinen, yo reduzco y después explico, y explico cualquier cosa y punto’”.

El abogado indicó que Villa Stein se acoge a las normas del Tribunal Europeo de DDHH para reducir la sentencia al grupo Colina, en compensación por la excesiva demora en el proceso judicial; sin embargo, explicó que este tribunal “no admite que esto valga para crímenes de lesa humanidad”.

“No puedes terminar premiando a quien, desde el primer día de inicio del juicio, desarrolla una estrategia absolutamente dilatoria, obstruccionista, llena de recusaciones, en fin”, añadió.

Villa Stein tiene agenda política:

El abogado Rivera señaló que “Villa Stein es un juez que tiene una agenda política sin ninguna duda”. Citó varios casos en los que la Corte Suprema ha cambiado su comportamiento respecto a temas de Derechos Humanos y consideró que “este es el punto de inflexión de la Corte Suprema en materia de Derechos Humanos”.

Finalmente, recordó que la Corte Interamericana puede intervenir en un caso como este y que incluso podría declarar la nulidad de la sentencia. “Esto no puede subsistir como parte de la jurisprudencia nacional en materia de DDHH”, finalizó.

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Escrito por

La mula

Este es el equipo de la redacción mulera.


Publicado en

Pasando revista

Con José Godoy